Violencia Intrafamiliar

Violencia Intrafamiliar y Cuidado Personal de los Hijos en Chile

person Lilia Rusconi
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Si usted o sus hijos están en peligro inmediato, llame al 133 (Carabineros) o al 149 (Fono Familia, gratuito 24/7) antes de seguir leyendo. Este artículo explica el marco legal, no reemplaza ayuda urgente.

La violencia intrafamiliar (VIF) acreditada no resuelve automáticamente la custodia, pero el artículo 9 de la Ley 20.066 establece textualmente que en la misma sentencia del caso de VIF, el juez fija además "los alimentos definitivos, el régimen de cuidado personal y de relación directa y regular de los hijos si los hubiere". Ambas materias pueden resolverse en un mismo proceso.

Cuando hay violencia intrafamiliar de por medio, una de las preguntas más urgentes es qué pasa con los hijos: si el agresor pierde el derecho a verlos, si la víctima puede quedarse con el cuidado personal, y qué tan rápido actúa el tribunal. Esta guía explica el vínculo legal exacto entre la Ley 20.066 y las normas de cuidado personal del Código Civil, con el texto oficial de cada artículo citado.

La Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar define en su artículo 5° qué se considera VIF: todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge o conviviente del ofensor, sea pariente hasta el tercer grado, o — relevante para este tema — cuando la conducta ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre un menor de edad bajo el cuidado de cualquier integrante del grupo familiar.

Texto literal del artículo 9° (parte final):

"Sin perjuicio de lo anterior, el juez, en la sentencia definitiva, fijará los alimentos definitivos, el régimen de cuidado personal y de relación directa y regular de los hijos si los hubiere y cualquier otra cuestión de familia sometida a su conocimiento por las partes."

Esto significa que no hace falta iniciar un juicio separado de cuidado personal — el mismo tribunal que conoce la causa de VIF puede resolver la custodia y las visitas en la misma sentencia, considerando siempre el interés superior del niño.

Actuar sin esperar el juicio: situación de riesgo

El artículo 7° de la ley permite al tribunal adoptar medidas de protección o cautelares con el solo mérito de la denuncia, cuando existe una situación de riesgo inminente para una o más personas — no es necesario esperar a que termine el proceso completo.

info ¿Cuándo se presume el riesgo?

La propia ley presume riesgo inminente cuando ha precedido intimidación de daño, o cuando concurren antecedentes como drogadicción, alcoholismo, denuncias previas por VIF, condenas previas, procesos penales pendientes, o antecedentes psiquiátricos que denoten personalidad violenta. El tribunal cautela especialmente los casos en que la víctima está embarazada, tiene una discapacidad, o es un adulto mayor.

Medidas accesorias contra el agresor

Según el artículo 9°, además de la sanción principal, el juez debe aplicar en la sentencia una o más de estas medidas accesorias:

a
Abandono del hogar — obligación del ofensor de dejar el hogar que comparte con la víctima
b
Prohibición de acercamiento — a la víctima, su domicilio, trabajo o estudio, y cualquier lugar que frecuente
c
Prohibición de porte de armas — incluido el comiso de las que tenga
d
Programas terapéuticos obligatorios — la institución debe informar al tribunal el inicio y término del tratamiento
e
Presentación periódica — ante la unidad policial que determine el juez

Estas medidas duran entre 6 meses y 2 años, según fije el juez prudencialmente, y pueden prorrogarse a petición de la víctima si los hechos que las justificaron se mantienen.

Efecto sobre la relación directa y regular

Como vimos, el mismo artículo 9° faculta al juez para fijar el régimen de relación directa y regular de los hijos con el agresor dentro de la sentencia de VIF. En la práctica, esto puede traducirse en un régimen restringido, supervisado, o suspendido, según el riesgo acreditado — pero la ley no establece una suspensión automática: cada caso se evalúa según el interés superior del niño y la prueba rendida.

Qué pasa si el agresor incumple

warning Sanciones por incumplimiento (artículo 10°)

  • El tribunal remite los antecedentes al Ministerio Público
  • El juez puede imponer arresto hasta por quince días como medida de apremio
  • Si Carabineros sorprende al agresor en quebrantamiento flagrante de la medida, debe detenerlo de inmediato

Además, el artículo 14° tipifica el delito de maltrato habitual: el ejercicio habitual de violencia física, psíquica o económica se sanciona con presidio menor en su grado mínimo a medio, salvo que el hecho constituya un delito de mayor gravedad, caso en que se aplica solo la pena de ese delito.

gavel Contexto: volumen de causas en Chile

Los Tribunales de Familia tramitaron 128.330 causas de VIF en 2024 (Poder Judicial), y se registraron 43 femicidios consumados ese mismo año (Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género). En una proporción significativa de estos casos hay hijos comunes involucrados.

Preguntas Frecuentes

¿La violencia intrafamiliar afecta automáticamente la custodia?

No es automático, pero sí es un factor determinante. El artículo 9 de la Ley 20.066 permite que el juez fije el cuidado personal y la relación directa y regular en la misma sentencia del caso de VIF.

¿Puede el juez suspender las visitas del agresor sin esperar la sentencia final?

Sí. El artículo 7 permite adoptar medidas de protección con el solo mérito de la denuncia cuando hay riesgo inminente, sin esperar el juicio completo.

¿Qué medidas puede imponer el juez al agresor?

Abandono del hogar, prohibición de acercamiento, prohibición de porte de armas, asistencia obligatoria a terapia, y presentación periódica ante la policía — entre 6 meses y 2 años, prorrogables.

¿Qué pasa si el agresor incumple las medidas?

El tribunal remite los antecedentes al Ministerio Público y puede imponer arresto hasta 15 días. En quebrantamiento flagrante, Carabineros debe detenerlo de inmediato.

¿Se necesitan pruebas para que el tribunal actúe?

No de entrada. Basta el mérito de la denuncia cuando hay riesgo inminente, presumido por ley ante ciertos antecedentes (denuncias previas, condenas previas, embarazo de la víctima, entre otros).

¿Necesita protección y también resolver el cuidado de sus hijos?

La represento en ambos frentes — medidas de protección y régimen de cuidado personal — con acompañamiento confidencial en cada etapa.

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Lilia Rusconi - Abogada de Familia

Lilia Rusconi

Abogado Especialista en Derecho de Familia

Más de 15 años de experiencia en derecho de familia. Este artículo cita el texto oficial de la Ley 20.066 (Biblioteca del Congreso Nacional), verificado contra dos fuentes adicionales independientes antes de su publicación.

Última actualización: 21 de agosto de 2026