Ley 21.484 Responsabilidad Parental en Chile
Te explico los mecanismos de cobro de pensiones de alimentos que contempla la Ley 21.484.
Respuesta Rápida: Ley 21.484 y Cobro de Pensiones
¿Qué es la Ley 21.484?
Es la Ley 21.484, sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos (Diario Oficial del 7 de septiembre de 2022). Modificó la Ley 14.908.
¿Qué incorporó?
Retención de fondos en cuentas bancarias e instrumentos financieros o de inversión (art. 16 N°3) y un procedimiento especial de cobro (arts. 19 quáter y siguientes de la Ley 14.908).
¿Se pueden usar los fondos de la AFP?
Solo extraordinariamente: con tres pensiones adeudadas y sin fondos suficientes en cuentas e instrumentos, con topes de 50%, 80% o 90% de lo acumulado (art. 19 quinquies).
¿Cómo se inicia el cobro?
Se solicita al mismo tribunal de familia que determine la deuda y, vencido el plazo que se da al deudor, se piden las medidas de apremio y cobro que establece la ley.
¿Qué mecanismos de cobranza tiene la Ley 21.484?
La Ley 21.484 incorporó la retención de fondos en cuentas bancarias e instrumentos financieros o de inversión y un procedimiento especial de cobro de deudas de pensiones de alimentos, que se suman a las medidas de la Ley 14.908.
Retención de Fondos Bancarios
Retención, ordenada por el tribunal, de fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos financieros o de inversión del deudor.
Retención de la Devolución de Impuestos
Existe desde antes de la Ley 21.484 (art. 16 N°1, a petición de parte). Si el deudor está inscrito en el Registro, la Tesorería debe retenerla.
Fondos AFP
Extraordinariamente, con tres pensiones adeudadas y sin fondos suficientes en cuentas e instrumentos, a petición de la parte alimentaria (art. 19 quinquies).
¿Cómo proceder cuando el deudor de pensión alimenticia es insolvente?
Extraordinariamente, si hay tres pensiones adeudadas y el alimentante no tiene fondos en cuentas bancarias o instrumentos financieros o de inversión, o son insuficientes, la parte alimentaria puede pedir al tribunal que se consulte su cuenta de capitalización individual de la AFP y se pague la deuda con esos fondos, hasta un 50%, 80% o 90% de lo acumulado según los años que falten para la edad de pensión (art. 19 quinquies de la Ley 14.908). No procede si el deudor ya recibe pensión de invalidez o vejez.
Importante
Además, a petición de parte puede pedirse la retención de la devolución de impuestos y, si se cumplen los requisitos, el tribunal ordena la inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Ley de Responsabilidad Parental? add
Es la Ley 21.484, sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos. Incorporó la retención de fondos en cuentas bancarias e instrumentos financieros o de inversión y un procedimiento especial de cobro, que incluye, extraordinariamente, la cuenta de capitalización individual de la AFP. El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos fue creado por la Ley 21.389.
¿Qué puedo hacer si el deudor no tiene fondos en sus cuentas? add
Extraordinariamente, si hay tres pensiones adeudadas y el alimentante no tiene fondos en cuentas bancarias o instrumentos financieros o de inversión, o son insuficientes, la parte alimentaria puede pedir al tribunal que se consulte su cuenta de capitalización individual de la AFP y se pague la deuda con esos fondos, hasta un 50%, 80% o 90% de lo acumulado según los años que falten para la edad de pensión (art. 19 quinquies de la Ley 14.908). No procede si el deudor ya recibe pensión de invalidez o vejez. También puede pedirse su inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, creado por la Ley 21.389.
¿Cuáles son las consecuencias de no pagar pensión? add
Además de las medidas de la Ley 14.908 (arresto nocturno de hasta 15 días si deja de pagar una o más pensiones; suspensión de la licencia de conducir; retención de la devolución de impuestos y de fondos en cuentas), el deudor puede ser inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389). Mientras figure inscrito, no se da curso a su solicitud de pasaporte ni de licencia de conducir (o su duplicado), entre otras consecuencias.
¿Cómo puedo iniciar un cobro de pensión adeudada? add
Si el deudor no paga una pensión fijada por el tribunal o aprobada en mediación, se solicita al mismo tribunal de familia que determine la deuda (liquidación). Se notifica al deudor y se le da un plazo para pagar, ofrecer una forma de pago u objetar el monto; vencido el plazo, se pueden pedir las medidas de apremio y cobro que establece la ley, como arresto nocturno, suspensión de la licencia de conducir, retención de la devolución de impuestos, retención de fondos en cuentas y arraigo. Le asesoro en todo el proceso.
Cómo trabajo
-
checkAtención personalizada
-
checkAsesoría en todo el proceso
-
checkAnálisis de cada caso
-
checkSecreto profesional
Contacto Directo
Otros servicios de derecho de familia
¿Necesita cobrar una pensión adeudada?
Le explico los mecanismos de cobro que contempla la ley y los solicito al tribunal.