Cuidado personal

Niños llevados a Chile o fuera de Chile: Convenio de La Haya, permiso de salida y mudanza al extranjero

personLilia Rusconi
calendar_month
schedule7 min lectura

Si un niño fue llevado o retenido en Chile sin el consentimiento de uno de sus padres, el Convenio de La Haya de 1980 (Decreto 386 de 1994) busca su restitución inmediata; la Autoridad Central en Chile es la Oficina Internacional de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana (tabla de estado de la HCCH; ficha de la HCCH). El tiempo es clave: si ha pasado menos de un año la restitución es inmediata; después también corresponde, salvo que el niño haya quedado integrado en su nuevo ambiente. Para sacar a un niño de Chile se necesita la autorización que exige el artículo 49 de la Ley de Menores, y mudarse al extranjero con el hijo no se resuelve con una regla automática: decide el tribunal según el interés superior del niño.

Esta guía reúne tres situaciones que se confunden: viajar con un hijo fuera de Chile, mudarse al extranjero con él y el caso grave de un niño llevado o retenido sin consentimiento. Cita la ley y las fichas oficiales vigentes al 7 de octubre de 2026 e indica lo que no pudimos confirmar. Es información general; en un caso de traslado ilícito, actuar rápido y con abogada es esencial.

translateThis guide is available in English

Sacar a un niño de Chile

  • Si el cuidado no ha sido confiado por un juez a uno de los padres, el niño no puede salir sin la autorización de ambos padres. Si fue confiado por un juez a uno, sale con la autorización de ese padre; si además el tribunal decretó la relación directa y regular con el otro padre, la ley exige también la autorización de este (Ley 16.618, art. 49; BCN Ley Fácil; ChileAtiende, ficha 76194).
  • La autorización consta en escritura pública o en escritura privada autorizada por notario, y no se exige si el niño viaja acompañado de quien debe darla.
  • Si el otro progenitor no puede otorgarla o la niega sin motivo plausible, la puede dar el Juzgado de Familia del domicilio del niño, considerando el beneficio del viaje y señalando el tiempo (Ley 19.968, art. 8 N° 10).

Más sobre este permiso, y sobre qué pasa si el niño no vuelve, en nuestra guía de visitas con un padre en el extranjero.

Mudarse al extranjero con el hijo

La ley no regula expresamente la mudanza definitiva de un hijo al extranjero. Lo que sí está regulado es el permiso de salida temporal (art. 49 de la Ley de Menores) y la determinación del cuidado personal y de la relación directa y regular, que el juez fija según el interés superior del niño, ponderando entre otros criterios la vinculación afectiva con ambos padres, el domicilio de los progenitores y la opinión del hijo, sin poder fundarse solo en la capacidad económica de los padres (Código Civil, arts. 225 y 225-2; ChileAtiende, ficha 310). Antes de demandar por cuidado personal o relación directa y regular suele exigirse mediación previa, con las excepciones que fija la ley (Ley 19.968, art. 106).

Convenio de La Haya de 1980

  • Vigencia. Chile es Parte del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (Decreto 386, 1994; HCCH).
  • Qué es ilícito. El traslado o retención que infringe un derecho de custodia según la ley del país de residencia habitual del niño; el Convenio deja de aplicarse a los 16 años (texto del Convenio, arts. 3 y 4).
  • Plazo. Si desde el traslado o retención ilícitos ha pasado menos de un año al iniciarse el procedimiento, la autoridad ordena la restitución inmediata; pasado ese plazo también corresponde restituir, salvo que se demuestre que el niño quedó integrado en su nuevo ambiente (art. 12).
  • Excepciones acotadas. La restitución puede denegarse, por ejemplo, por consentimiento o aceptación posterior del traslado, grave riesgo físico o psíquico para el niño, o la oposición de un niño con edad y madurez suficientes (art. 13).

Procedimiento en Chile

La Autoridad Central en Chile es la Oficina Internacional de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, que presenta y litiga las solicitudes de restitución recibidas desde el extranjero y atiende también casos de niños llevados desde Chile (ChileAtiende, ficha 343). El procedimiento judicial está regulado por el Auto Acordado de la Corte Suprema (Acta 22-2024), que reemplazó al de 2015:

  • se cita a una audiencia única dentro del quinto día hábil;
  • mientras se tramita, quedan suspendidos los procesos sobre el fondo de la custodia del niño (Acta 22-2024 de la Corte Suprema; Convenio, art. 16).

Qué hacer si el niño fue llevado a Chile

1
Actuar sin demora

El Convenio distingue entre menos de un año y más de un año desde el traslado o la retención; cada semana cuenta.

2
Autoridad Central de su país

Para un niño traído a Chile, quien reclama suele acudir primero a la Autoridad Central de su país de residencia, que remite la solicitud a la Oficina Internacional de la CAJ RM en Chile. También puede acudir directamente a los tribunales chilenos con abogada (Convenio, art. 29).

3
Reunir información

La solicitud de restitución debe incluir la identidad del solicitante, del niño y de la persona que lo trasladó o retiene, la fecha de nacimiento del niño, los motivos de la reclamación y toda la información disponible sobre su paradero; puede acompañarse de copia de las decisiones o acuerdos pertinentes (Convenio, art. 8). Reúna además el certificado de nacimiento del niño y, si lo hubiera, el de matrimonio de los padres; la Autoridad Central le indicará qué más necesita.

Lo que no afirmamos

  • Una duración total garantizada del procedimiento: no hay fuente oficial.
  • Mudarse al extranjero como figura legal específica: no hay norma expresa sobre salida definitiva; decide el tribunal con los criterios generales.
  • Si Chile es Parte de otros convenios sobre protección de niños (Convenio de La Haya de 1996, convención interamericana) o cómo opera el delito de sustracción de menores: no lo hemos verificado con suficientes fuentes oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Puedo sacar a mi hijo de Chile si el otro padre no está de acuerdo?

Si el cuidado fue confiado por un juez a uno de los padres, el niño sale con la autorización de ese padre; si además el tribunal decretó la relación directa y regular con el otro padre, la ley exige también la autorización de este. Si el otro la niega sin motivo plausible, el Juzgado de Familia del domicilio del niño puede concederla, considerando el beneficio del viaje y fijando el tiempo.

¿Puede un padre mudarse al extranjero con el hijo sin el acuerdo del otro?

La ley no regula expresamente la mudanza definitiva. El tribunal decide el cuidado personal y la relación directa y regular según el interés superior del niño (Código Civil, art. 225-2); consulte con una abogada antes de actuar.

Mi hijo fue llevado a Chile sin mi consentimiento: ¿qué hago?

Si su país de residencia y Chile son Estados contratantes del Convenio de La Haya de 1980, normalmente se acude primero a la Autoridad Central de su país, que remite la solicitud a la Oficina Internacional de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana. El tiempo importa: el Convenio distingue menos de un año y más de un año desde el traslado o la retención.

¿Cuánto demora el procedimiento en Chile?

El procedimiento es abreviado: se cita a una audiencia única dentro del quinto día hábil y, mientras se tramita, quedan suspendidos los procesos sobre el fondo de la custodia del niño. No hay una duración total garantizada con fuente oficial.

¿Hasta qué edad aplica el Convenio de La Haya?

Deja de aplicarse cuando el niño cumple 16 años (art. 4).

Fuentes oficiales consultadas

Normas y fichas citadas

Verificadas el 7 de octubre de 2026. Información general; en un caso de traslado ilícito consulte de inmediato.

¿Vive fuera de Chile y su caso está aquí?

Atendemos por videollamada a personas que viven en el extranjero. Cuéntenos su caso y evaluamos las vías disponibles.

calendar_monthAgendar Consulta
Lilia Rusconi - Abogada de Familia

Lilia Rusconi

Abogada de Familia

Guía redactada en octubre de 2026 con las normas y fuentes oficiales citadas. Es información general y no reemplaza la asesoría para un caso específico.

Última actualización: 7 de octubre de 2026